Acuerdo 488/1995, de 7 de abril de 1995

AcuerdoCaso concreto

Concreción del acuerdo de la JEC sobre campañas institucionales en período electoral

Resumen

Reitera el acuerdo de la JEC de 24 de febrero, comunicado el 15 de marzo de 1995, sin concretarlo como solicita la Diputación de Barcelona: en el marco de ese acuerdo no corresponde a la JEC adoptar ninguna resolución previa a la realización o continuación de las actividades a que se refiere.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
1995-04-07
Expediente
290/180

También afecta a: § 1.2

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