Pronunciamiento previo sobre el modelo de pliego de firmas de una iniciativa legislativa popular
No cabe un pronunciamiento previo de la JEC sobre un borrador de pliego de recogida de firmas, porque la Ley Orgánica 3/1984, de 28 de marzo, le encomienda el sellado y numeración de los pliegos que presente la Comisión Promotora si reúnen los requisitos establecidos en dicha norma.