Acuerdo 493/1999, de 22 de junio de 1999

AcuerdoCaso concreto

Información emitida por una televisión local en la jornada de reflexión

Resumen

Desestima el recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Ciudad Real que requirió a una televisión local para que, durante la jornada de reflexión y hasta el cierre de los colegios, solo emitiera información que no recogiera opiniones o manifestaciones de candidatos o personas vinculadas a las entidades concurrentes tendentes a captar el voto: es ajustado a Derecho y conforme con el criterio de la JEC de que los medios pueden difundir ese día referencias a actos del cierre de campaña siempre que la información objetiva no constituya propaganda electoral. No cabe, en un recurso contra un acuerdo determinado, pronunciarse sobre actos posteriores a él, que además la Junta Provincial ya puso en conocimiento del Juzgado de Guardia.

Epígrafe
§ 9.10 Jornada de reflexión y día de la votación
Sesión
1999-06-22
Expediente
290/679

También afecta a: § 11.8 · § 20.1

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