Información emitida por una televisión local en la jornada de reflexión
Desestima el recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Ciudad Real que requirió a una televisión local para que, durante la jornada de reflexión y hasta el cierre de los colegios, solo emitiera información que no recogiera opiniones o manifestaciones de candidatos o personas vinculadas a las entidades concurrentes tendentes a captar el voto: es ajustado a Derecho y conforme con el criterio de la JEC de que los medios pueden difundir ese día referencias a actos del cierre de campaña siempre que la información objetiva no constituya propaganda electoral. No cabe, en un recurso contra un acuerdo determinado, pronunciarse sobre actos posteriores a él, que además la Junta Provincial ya puso en conocimiento del Juzgado de Guardia.