Acuerdo 497/2023, de 12 de julio de 2023

AcuerdoCriterio general

Declaraciones del Presidente del Gobierno en rueda de prensa institucional tras un Consejo Europeo

Resumen

Estima parcialmente la reclamación del Partido Popular: las manifestaciones del Presidente del Gobierno en la rueda de prensa de 30 de junio de 2023 en la sede de la Representación Permanente de España ante la UE vulneran presuntamente el artículo 50.2 de la LOREG, interpretado a la luz de los artículos 23.2 y 103.1 de la Constitución, por aludir a logros de la gestión del Gobierno y descalificar a otras formaciones, lo que podría ser legítimo en un acto de campaña o en el ejercicio ordinario de la libertad de expresión, pero no en la actividad institucional de una autoridad, sin que fueran imprescindibles para la salvaguarda del interés público. Acuerda incoar expediente sancionador, pues no es requisito el apercibimiento previo y la decisión depende de las circunstancias de cada caso, aquí la sanción anterior confirmada por la STS 743/2021 y la trascendencia y repercusión pública de los hechos; insta a mantener retiradas las manifestaciones de las páginas y cuentas institucionales y a extremar la diligencia. Con voto particular. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 354/2025, de 23 de enero de 2025).

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2023-07-12
Expediente
293/1527

También afecta a: § 19.1

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