Acuerdo 52/1986, de 10 de marzo de 1986

AcuerdoCriterio general

Referencias en los medios a actos de campaña una vez concluida esta

Resumen

Las referencias publicadas en los medios de comunicación el 11 de marzo a actos de campaña de los días anteriores no constituyen infracción en la medida en que estén amparadas por la libertad de expresión y el derecho a la información del artículo 20 de la Constitución y no constituyan propaganda electoral.

Epígrafe
§ 26.2 Referéndum: campaña, sujetos legitimados y medios de comunicación
Sesión
1986-03-10
Expediente
000/86031002

También afecta a: § 9.10

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