Expedición de credenciales de concejal y normas aplicables a la sustitución
Se recuerda al Ayuntamiento la necesidad de cumplir el artículo 182 de la LOREG, los artículos 7 y 9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y la circular de la JEC de 22 de octubre de 1985 sobre sustitución de miembros de las Corporaciones Locales, y se expiden las credenciales solicitadas a favor de los candidatos propuestos.
También afecta a: § 23.3