Número de miembros de la comisión gestora de una nueva entidad local autónoma andaluza
Conforme al artículo 61.2 del Decreto 185/2005, que aprueba el Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía y del Registro Andaluz de Entidades Locales, y a la escala de su artículo 59, en una entidad local menor con población entre 251 y 2000 habitantes corresponde designar un Presidente de la Comisión Gestora y cuatro vocales; al estar constituidas las Juntas Electorales de Zona, corresponde a la de Chiclana determinar el número de miembros de la Comisión Gestora de la nueva Entidad Local Autónoma de Zahara de los Atunes.
También afecta a: § 1.8