Acuerdo 536/2019, de 22 de julio de 2019

AcuerdoCaso concreto

Acatamiento de la Constitución por candidato electo al Parlamento Europeo en prisión

Resumen

Rechaza promover actuaciones para que un candidato electo al Parlamento Europeo de la coalición Ahora Repúblicas pueda cumplir los artículos 108.8 y 224.2 de la LOREG: dada su situación procesal, debe estarse a lo que resuelva la Sala del Tribunal Supremo que lo enjuicia, que por Auto de 14 de junio de 2019 denegó el permiso extraordinario de salida para comparecer ante la JEC y por Auto de 1 de julio de 2019 planteó cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de modo que la Administración electoral no puede adoptar medidas que interfieran o menoscaben esas resoluciones. El precedente de los diputados al Congreso no es aplicable, pues su credencial puede recogerla el representante de la candidatura (artículo 108.7), mientras que en las elecciones al Parlamento Europeo no puede entregarse hasta que el electo acate la Constitución. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 1164/2021, de 24 de marzo) y el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo (STC 31/2024, de 28 de febrero).

Epígrafe
§ 21.2 Diputados al Parlamento Europeo: acatamiento de la Constitución, credenciales y vacantes
Sesión
2019-07-22
Expediente
561/76

También afecta a: § 20.4

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