21.2 Diputados al Parlamento Europeo: acatamiento de la Constitución, credenciales y vacantes

Art. 224 LOREG: juramento o promesa, credenciales, vacantes y comunicaciones al Parlamento Europeo.

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Acuerdo 267/2024, de 24 de julio de 2024AcuerdoTrámite

Acatamiento de la Constitución y credencial de una diputada al Parlamento Europeo

Trámite: se toma conocimiento del cumplimiento por una diputada electa del requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG y se comunica la expedición de su credencial de Diputada al Parlamento Europeo.

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Acuerdo 270/2024, de 1 de julio de 2024AcuerdoCriterio general

Acatamiento de la Constitución por los electos al Parlamento Europeo de 2024 y vacante temporal

Declara que cincuenta y nueve candidatos electos en las elecciones de 9 de junio de 2024 han adquirido la condición plena de diputados al Parlamento Europeo tras cumplir el artículo 224.2 de la LOREG, y se les expide credencial; una electa que no pudo desplazarse por su avanzado estado de gestación prestará el juramento o promesa ante la Junta Electoral Provincial de su residencia; al electo de la coalición Junts i Lliures per Europa, que no compareció, no se le expide credencial y se declara temporalmente vacante su escaño y suspendidas sus prerrogativas hasta que acate la Constitución. Mientras el artículo 224.2 de la LOREG siga en vigor y ningún tribunal nacional o de la Unión Europea cuestione su vigencia, la Administración electoral debe seguir aplicándolo, criterio confirmado por las SSTS 722/2020 y 723/2020, de 10 de junio. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 803/2025, de 24 de junio de 2025).

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Acuerdo 249/2024, de 1 de julio de 2024AcuerdoTrámite

Renuncia anticipada de candidata electa al Parlamento Europeo y proclamación de la siguiente

Trámite: la Presidencia de la JEC acepta la renuncia anticipada de una candidata electa al Parlamento Europeo, proclama electa a la siguiente candidata de la lista del Partido Socialista Obrero Español y la convoca para prestar juramento o promesa de acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224.2 de la LOREG, con publicación en el BOE.

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Acuerdo 245/2024, de 1 de julio de 2024AcuerdoCaso concreto

Acatamiento de la Constitución ante una Junta Electoral Provincial por diputada europea electa gestante

Acreditados por la candidata electa al Parlamento Europeo su avanzado estado de gestación y las razones médicas alegadas, y conforme al criterio adoptado por la JEC en su reunión de 27 de junio de 2024, se habilita con carácter extraordinario a la Junta Electoral Provincial de Illes Balears para que ante ella se preste el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución previsto en el artículo 224.2 de la LOREG; notificado el cumplimiento del requisito por dicha Junta, la JEC expedirá la credencial.

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Acuerdo 244/2024, de 1 de julio de 2024AcuerdoTrámite

Acatamiento de la Constitución y credencial de diputada al Parlamento Europeo

Trámite: se toma conocimiento del cumplimiento del requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG y se expide la credencial de diputada al Parlamento Europeo a una candidata de la lista del Partido Socialista Obrero Español en las elecciones de 9 de junio de 2024.

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Acuerdo 236/2024, de 27 de junio de 2024AcuerdoCaso concreto

Acatamiento de la Constitución por diputada europea electa imposibilitada de desplazarse ante la JEC

Acreditados el avanzado estado de gestación de la candidata electa al Parlamento Europeo y las razones médicas alegadas, la JEC habilita con carácter extraordinario a la Junta Electoral Provincial de Valencia para que reciba el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución previsto en el artículo 224.2 de la LOREG; una vez que dicha Junta notifique el cumplimiento del requisito, la JEC expedirá la credencial.

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Acuerdo 593/2023, de 21 de diciembre de 2023AcuerdoTrámite

Credencial de diputada al Parlamento Europeo tras el acatamiento de la Constitución

Trámite: cumplido el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide la credencial de diputada al Parlamento Europeo a una candidata de la lista de Unidas Podemos Cambiar Europa en las elecciones de 26 de mayo de 2019.

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Acuerdo 579/2023, de 30 de noviembre de 2023AcuerdoTrámite

Acatamiento de la Constitución y credencial de diputada al Parlamento Europeo por vacante

Trámite: cumplido el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide la credencial de diputada al Parlamento Europeo a una candidata de la lista de Unidas Podemos Cambiar Europa, y se comunica al Parlamento Europeo que otra candidata electa, que ha excusado su asistencia, podrá cumplir el requisito en la próxima reunión de la JEC.

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Acuerdo 561/2023, de 6 de septiembre de 2023AcuerdoTrámite

Credencial de diputada al Parlamento Europeo tras el acatamiento de la Constitución

Trámite: cumplido el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide la credencial de diputada al Parlamento Europeo a una candidata de la lista del Partido Popular en las elecciones de 26 de mayo de 2019, en sustitución de un diputado y tras la renuncia anticipada de otra candidata.

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Acuerdo 560/2023, de 6 de septiembre de 2023AcuerdoTrámite

Credencial de Diputada al Parlamento Europeo tras el acatamiento de la Constitución

Trámite: cumplimentado el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide la credencial de Diputada al Parlamento Europeo a la candidata de la lista del Partido Socialista Obrero Español en las elecciones de 26 de mayo de 2019, en sustitución de otra diputada.

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Acuerdo 140/2022, de 3 de noviembre de 2022AcuerdoCriterio general

Falta de credencial de cuatro diputados electos al Parlamento Europeo que no acataron la Constitución

Mientras el artículo 224.2 de la LOREG siga en vigor y ningún tribunal nacional o de la Unión Europea cuestione su vigencia, la Administración electoral debe seguir aplicándolo: los cuatro candidatos electos que no han prestado juramento o promesa de acatamiento a la Constitución ante la JEC no han adquirido la condición plena de diputados al Parlamento Europeo, sus escaños quedan temporalmente vacantes y suspendidas sus prerrogativas hasta que acaten, y por eso no se han expedido sus credenciales. El acatamiento es un acto constitutivo y personalísimo que exige comparecencia presencial ante la JEC. El Tribunal Supremo desestimó los recursos de tres de los afectados (Sentencias 722 y 723/2020, de 10 de junio, y 1587/2020, de 23 de noviembre), con recursos de amparo pendientes, y la Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 6 de julio de 2022 no declara ese requisito contrario al Derecho de la Unión. El Parlamento Europeo los reconoció como diputados sin oír a la JEC; la cooperación leal debe ser mutua y la JEC no puede suplir una omisión voluntaria que los afectados pueden solventar en cualquier momento.

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Acuerdo 135/2022, de 15 de septiembre de 2022AcuerdoTrámite

Credencial de diputada al Parlamento Europeo tras acatar la Constitución

Trámite: cumplido el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide la credencial de diputada al Parlamento Europeo a la candidata de la lista de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía que sustituye a un diputado que ha renunciado, y se da traslado al Parlamento Europeo.

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Acuerdo 123/2022, de 5 de septiembre de 2022AcuerdoTrámite

Credencial de diputada al Parlamento Europeo tras el acatamiento de la Constitución

Trámite: cumplido el requisito del artículo 224.2 de la LOREG de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, se expide credencial de diputada al Parlamento Europeo a la candidata de la lista de Ahora Repúblicas en las elecciones de 26 de mayo de 2019, en sustitución de un diputado que había renunciado.

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Acuerdo 156/2020, de 17 de septiembre de 2020AcuerdoCriterio general

Competencias de la JEC respecto de los diputados al Parlamento Europeo elegidos en España

Corresponde a la JEC, conforme a los artículos 108.7 y 224 de la LOREG, la proclamación de los electos al Parlamento Europeo elegidos en España y la expedición de la credencial una vez realizado el acatamiento constitucional del artículo 224.2; la credencial se entrega al diputado y se remite de inmediato por vía electrónica al Parlamento Europeo, pues solo desde entonces adquiere la condición plena de miembro conforme al Derecho nacional. La JEC es competente para comunicar al Parlamento Europeo las causas de incompatibilidad del artículo 211.2.e) y de los apartados a y b del artículo 6.2, en relación con el artículo 6.4 de la LOREG, aunque también puede comunicarlo directamente el órgano jurisdiccional penal que imponga la pena que determine la pérdida del escaño; carece de competencia para solicitar la suspensión de la inmunidad de un diputado.

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Acuerdo 14/2020, de 30 de enero de 2020AcuerdoCaso concreto

Escaño vacante de electa al Parlamento Europeo que no comparece a acatar la Constitución

Al no haber comparecido la candidata electa en las reuniones de 28 y 30 de enero de 2020 para prestar el acatamiento a la Constitución que exige el artículo 224.2 de la LOREG, su escaño permanece temporalmente vacante hasta que se produzca dicho acatamiento, sin perjuicio de que, conforme a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2019, el acto de proclamación de candidatos electos pueda desplegar los efectos oportunos. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 3853/2020, de 23 de noviembre) y el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo (STC 64/2024, de 10 de abril).

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Acuerdo 11/2020, de 28 de enero de 2020AcuerdoCriterio general

Comunicación al Parlamento Europeo y credencial de electa que no ha acatado la Constitución

La comunicación al Parlamento Europeo y la expedición de la credencial de diputado solo proceden una vez que el candidato electo ha comparecido personalmente ante la JEC y prestado el acatamiento a la Constitución que exige el artículo 224.2 de la LOREG, a cuya luz debe interpretarse el artículo 108.6; el acatamiento es un acto personalísimo, indelegable y presencial, que no puede sustituirse por el mecanismo que elija el interesado. Esta interpretación es conforme con el artículo 8 del Acta electoral de 1976, que remite a las disposiciones nacionales, y no se opone a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2019: la electa goza de inmunidad desde la proclamación, pero debe cumplir el requisito mientras no se declare inaplicable el precepto. Deniega las peticiones y convoca de nuevo a la electa, con advertencia de declarar provisionalmente vacante el escaño. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 3853/2020, de 23 de noviembre) y el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo (STC 64/2024, de 10 de abril).

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Acuerdo 10/2020, de 28 de enero de 2020AcuerdoCaso concreto

Acatamiento de la Constitución por los diputados europeos de los escaños adicionales

Proclama Diputados al Parlamento Europeo, con efectos de 1 de febrero de 2020, a cuatro candidatos electos llamados a ocupar los escaños adicionales que corresponden a España por la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, por haber prestado acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224.2 de la LOREG, y acuerda comunicar su relación al Parlamento Europeo, haciéndole saber que la candidata electa de Lliures per Europa, que no asistió, ha sido convocada a una nueva reunión de la JEC el 30 de enero para que pueda cumplir ese requisito. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por esa candidata (STS 3853/2020, de 23 de noviembre) y el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo (STC 64/2024, de 10 de abril).

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Acuerdo 4/2020, de 23 de enero de 2020AcuerdoCaso concreto

Falta de acatamiento de la Constitución por candidato electo sustituto al Parlamento Europeo

Al no haber prestado acatamiento a la Constitución en el plazo legal el candidato proclamado electo al Parlamento Europeo en sustitución del diputado que perdió su condición por inelegibilidad sobrevenida, el escaño permanece vacante hasta que se produzca dicho acatamiento, en cumplimiento del artículo 224.2 de la LOREG, sin perjuicio de que, conforme a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2019, el acto de proclamación de candidatos electos pueda desplegar los efectos oportunos.

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Acuerdo 623/2019, de 17 de octubre de 2019AcuerdoCriterio general

Credencial de diputado al Parlamento Europeo con acatamiento en acta notarial desde un centro penitenciario

Aplica a la solicitud de Ahora Repúblicas de expedir la credencial de diputado al Parlamento Europeo a un candidato electo, con aportación de un acta notarial extendida en un centro penitenciario, el criterio fijado el 20 de junio de 2019: el acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG es de naturaleza constitutiva, de modo que no se adquiere la condición de miembro del Parlamento Europeo hasta que se produce; debe prestarse compareciendo personalmente ante la JEC, por ser un acto personalísimo e indelegable que no puede realizarse por el mecanismo que elija el interesado al margen de la ley; y la doctrina constitucional sobre la flexibilidad de las fórmulas de acatamiento no es aplicable cuando no ha habido comparecencia ante la JEC. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 940/2021, de 17 de marzo) y el Tribunal Constitucional el recurso de amparo (STC 45/2024, de 12 de marzo).

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Acuerdo 617/2019, de 17 de octubre de 2019AcuerdoCriterio general

Comunicación al Parlamento Europeo de la credencial de un electo que no acató la Constitución

Aplica a la solicitud de Ahora Repúblicas de que se comunique al Parlamento Europeo la expedición de la credencial de un candidato electo el criterio fijado el 20 de junio de 2019: el acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG es de naturaleza constitutiva, de modo que no se adquiere la condición de miembro del Parlamento Europeo hasta que se produce; debe prestarse compareciendo personalmente ante la JEC, por ser un acto personalísimo e indelegable que no puede realizarse por el mecanismo que elija el interesado al margen de la ley; y la doctrina constitucional sobre la flexibilidad de las fórmulas de acatamiento no es aplicable cuando no ha habido comparecencia ni, por tanto, acto alguno de acatamiento. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 940/2021, de 17 de marzo) y el Tribunal Constitucional el recurso de amparo (STC 45/2024, de 12 de marzo).

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Acuerdo 536/2019, de 22 de julio de 2019AcuerdoCaso concreto

Acatamiento de la Constitución por candidato electo al Parlamento Europeo en prisión

Rechaza promover actuaciones para que un candidato electo al Parlamento Europeo de la coalición Ahora Repúblicas pueda cumplir los artículos 108.8 y 224.2 de la LOREG: dada su situación procesal, debe estarse a lo que resuelva la Sala del Tribunal Supremo que lo enjuicia, que por Auto de 14 de junio de 2019 denegó el permiso extraordinario de salida para comparecer ante la JEC y por Auto de 1 de julio de 2019 planteó cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de modo que la Administración electoral no puede adoptar medidas que interfieran o menoscaben esas resoluciones. El precedente de los diputados al Congreso no es aplicable, pues su credencial puede recogerla el representante de la candidatura (artículo 108.7), mientras que en las elecciones al Parlamento Europeo no puede entregarse hasta que el electo acate la Constitución. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 1164/2021, de 24 de marzo) y el Tribunal Constitucional desestimó el recurso de amparo (STC 31/2024, de 28 de febrero).

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Acuerdo 530/2019, de 1 de julio de 2019AcuerdoTrámite

Proclamación de la siguiente candidata de la lista tras la renuncia de un electo europeo

Trámite: vista la renuncia de un candidato electo al Parlamento Europeo, la Presidencia de la JEC proclama electa a la siguiente candidata de la lista del Partido Socialista Obrero Español y la convoca para prestar juramento o promesa de acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224.2 de la LOREG, con traslado al Presidente del Parlamento Europeo.

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Acuerdo 529/2019, de 1 de julio de 2019AcuerdoCaso concreto

Renuncia de un electo al Parlamento Europeo antes de tomar posesión del escaño

Toma conocimiento de la renuncia de un Diputado al Parlamento Europeo y, dado que no ha tomado posesión de su escaño en el Parlamento Europeo, deja sin efecto la credencial otorgada y dispone su sustitución por el siguiente candidato de la lista de su formación política, comunicándolo al Presidente del Parlamento Europeo.

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Acuerdo 528/2019, de 1 de julio de 2019AcuerdoTrámite

Acatamiento a la Constitución y credencial de la sustituta de un electo al Parlamento Europeo

Trámite: la candidata del Partido Socialista Obrero Español llamada a sustituir a un electo que renunció anticipadamente presta promesa de acatamiento a la Constitución ante la JEC conforme al artículo 224.2 de la LOREG, y se le expide la credencial de Diputada al Parlamento Europeo, con traslado al Parlamento Europeo.

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Acuerdo 518/2019, de 20 de junio de 2019AcuerdoCaso concreto

Vacancia de escaños de electos al Parlamento Europeo que no acatan la Constitución

Declara vacantes los escaños de tres candidatos electos al Parlamento Europeo que no han prestado acatamiento a la Constitución y suspendidas las prerrogativas que pudieran corresponderles por razón de su cargo, hasta que se produzca dicho acatamiento, en cumplimiento del artículo 224.2 de la LOREG; comunica al Parlamento Europeo que no han adquirido la condición de diputados ni ninguna de sus prerrogativas hasta que presten juramento o promesa. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 1432/2020, de 10 de junio); consta además la STC 148/2022, de 29 de noviembre, dictada en el recurso de amparo promovido contra esa sentencia.

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Acuerdo 515/2019, de 20 de junio de 2019AcuerdoCriterio general

Acatamiento a la Constitución de electos al Parlamento Europeo por medios no presenciales

No cabe arbitrar fórmulas distintas de la presencial para el acatamiento a la Constitución de los electos al Parlamento Europeo: del artículo 224.2 de la LOREG resulta que es un acto de naturaleza constitutiva, sin el cual no se adquiere la condición de diputado, y personalísimo e indelegable, que exige comparecer ante la JEC. La doctrina constitucional sobre la flexibilidad de las fórmulas solo se aplica cuando hay un acto de acatamiento que valorar; el artículo 12 del Reglamento del Senado limita el acatamiento mediante documento notarial a la enfermedad o imposibilidad física, que no concurren; el auto del instructor de la causa especial no impide a los interesados acudir, y hallarse voluntariamente fuera del territorio nacional para eludir la acción de la justicia no justifica un trato distinto (Acuerdo de 16 de mayo de 2019). El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 1432/2020, de 10 de junio); consta además la STC 148/2022, de 29 de noviembre, dictada en el recurso de amparo promovido contra esa sentencia.

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Acuerdo 511/2019, de 20 de junio de 2019AcuerdoTrámite

Credencial de Diputado al Parlamento Europeo tras el acatamiento a la Constitución

Trámite: cumplido el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide la credencial de Diputado al Parlamento Europeo a un candidato electo de la lista del Partido Socialista Obrero Español.

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Acuerdo 527/2019, de 17 de junio de 2019AcuerdoCriterio general

Fórmulas de acatamiento a la Constitución de los electos al Parlamento Europeo

Todos los candidatos electos al Parlamento Europeo que comparecen ante la JEC cumplen el requisito del artículo 224.2 de la LOREG: las fórmulas que no se ajustan estrictamente a «sí juro» o «sí prometo» (con añadidos como «por imperativo legal», la invocación de principios republicanos, del derecho a la autodeterminación o de «la libertad de los presos políticos y el retorno de los exiliados») son admisibles porque, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (STC 119/1990, FJ 7), contienen expresiones de «sentido modal o causal» que no implican condición, reserva ni limitación del acatamiento. Cuatro electos no comparecen. Con dos votos particulares, que consideran incumplido el requisito por una de las candidatas. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por dos candidatos de la Coalición Lliures per Europa (JUNTS) contra este acuerdo y el 505/2019 (STS 1404/2020, de 10 de junio).

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Acuerdo 505/2019, de 13 de junio de 2019AcuerdoCriterio general

Expedición de credenciales de diputado al Parlamento Europeo antes del acatamiento de la Constitución

No procede entregar la credencial de diputado electo al Parlamento Europeo antes del juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, pues conforme al artículo 224.2 de la LOREG se expide una vez prestado; la JEC comunicará al Parlamento Europeo la relación de electos que hayan cumplido ese requisito en el momento en que se produzca el acatamiento. Se informa, además, de que la proclamación de electos se ha realizado en la sesión del día, se publicará en el BOE y se ha notificado a los representantes de las candidaturas. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 1404/2020, de 10 de junio); el Tribunal Constitucional acordó la inadmisión parcial del amparo y su pérdida sobrevenida de objeto (STC 144/2022, de 15 de noviembre).

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Acuerdo 504/2019, de 13 de junio de 2019AcuerdoTrámite

Certificación de la proclamación como diputados electos al Parlamento Europeo

Ante la solicitud de certificación de la proclamación como diputados electos al Parlamento Europeo, se informa de que la JEC ha atribuido los escaños y proclamado a los electos en la sesión del mismo día, que el acuerdo se publicará en el BOE al día siguiente y se ha notificado a los representantes de las candidaturas, y que la sesión de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG se celebrará el 17 de junio en el Palacio del Congreso de los Diputados.

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Acuerdo 499/2019, de 13 de junio de 2019AcuerdoTrámite

Proclamación de electos en las elecciones al Parlamento Europeo de 2019

Trámite: conforme al artículo 224.1 de la LOREG, se efectúa el recuento nacional de votos de las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019, se atribuyen los escaños y se proclaman los 54 candidatos electos; se fija para el 17 de junio, en el Palacio del Congreso de los Diputados, la sesión de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución.

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Acuerdo 370/2019, de 21 de mayo de 2019AcuerdoTrámite

Acatamiento de la Constitución y credencial de Diputado al Parlamento Europeo por sustitución

Trámite: el candidato del Partido Popular llamado a cubrir una vacante presta ante la JEC el juramento de acatamiento a la Constitución que exige el artículo 224.2 de la LOREG, queda proclamado Diputado al Parlamento Europeo y se le expide la credencial en sustitución de la diputada que había renunciado.

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Acuerdo 8/2018, de 8 de febrero de 2018AcuerdoCaso concreto

Promesa de acatamiento a la Constitución «por imperativo legal» de diputada al Parlamento Europeo

La fórmula «Sí prometo por imperativo legal» se ajusta a la interpretación del Tribunal Constitucional (SSTC 101/1983, 119/1990 y 74/1991, entre otras), por lo que la candidata electa de la coalición «Los Pueblos Deciden» queda proclamada Diputada al Parlamento Europeo; cumplido el requisito del artículo 224.2 de la LOREG, se le expide la credencial, en sustitución del diputado que renunció, y se da traslado al Presidente del Parlamento Europeo.

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Acuerdo 19/2017, de 8 de febrero de 2017AcuerdoCaso concreto

Certificación de la condición de miembro del Parlamento Europeo a petición de un juzgado

Las competencias de la JEC se limitan a expedir las credenciales a los diputados electos al Parlamento Europeo y a la toma de juramento o acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224 de la LOREG; por ello, al juzgado que pide certificar la condición de miembro del Parlamento Europeo se le remite certificado acreditativo de la adquisición de la condición de diputada electa.

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Acuerdo 2/2017, de 3 de enero de 2017AcuerdoCaso concreto

Promesa por imperativo legal de un diputado electo al Parlamento Europeo

La fórmula «Sí prometo por imperativo legal», empleada por el candidato electo de la coalición «L'Esquerra pel dret a decidir» para acatar la Constitución, se ajusta a la interpretación del Tribunal Constitucional (SSTC 101/1983, 119/1990 y 74/1991, entre otras), por lo que queda proclamado diputado al Parlamento Europeo y, cumplido el requisito del artículo 224.2 de la LOREG, se le expide la credencial en sustitución del diputado que renunció.

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Acuerdo 1/2017, de 3 de enero de 2017AcuerdoTrámite

Acatamiento de la Constitución y credencial de diputado al Parlamento Europeo

Trámite: el candidato electo del Partido Popular presta juramento de acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224.2 de la LOREG, queda proclamado diputado al Parlamento Europeo y se le expide la credencial en sustitución de otro diputado, con traslado al Presidente del Parlamento Europeo.

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Acuerdo 244/2016, de 11 de octubre de 2016AcuerdoCaso concreto

Fórmula de acatamiento a la Constitución con añadidos por un Diputado electo al Parlamento Europeo

La fórmula «acato la Constitución para defender los derechos de las personas dentro de los límites del planeta, respetando al resto de seres vivos» cumple el requisito legal de acatamiento, pues el añadido es jurídicamente irrelevante en la medida en que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, no desnaturaliza ni vacía de contenido la fórmula, según Acuerdos anteriores de la JEC; cumplido el artículo 224.2 de la LOREG, queda proclamado Diputado al Parlamento Europeo el candidato de Primavera Europea que cubre una vacante por renuncia y se le expide la credencial.

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Acuerdo 5/2016, de 3 de febrero de 2016AcuerdoTrámite

Promesa de acatamiento a la Constitución y credencial de diputada al Parlamento Europeo

Trámite: la candidata de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía promete acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224.2 de la LOREG, queda proclamada diputada al Parlamento Europeo en sustitución de un diputado que renunció y se le expide la credencial, con traslado al Presidente del Parlamento Europeo.

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Acuerdo 473/2015, de 25 de noviembre de 2015AcuerdoTrámite

Promesa de acatamiento a la Constitución y credencial de Diputada al Parlamento Europeo

Trámite: una candidata de la lista de Unión Progreso y Democracia en las elecciones de 25 de mayo de 2014 promete acatamiento a la Constitución conforme al artículo 224.2 de la LOREG, queda proclamada Diputada al Parlamento Europeo y se le expide la credencial en sustitución de un diputado que renunció.

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Acuerdo 472/2015, de 25 de noviembre de 2015AcuerdoTrámite

Credencial de Diputado al Parlamento Europeo tras el acatamiento de la Constitución

Trámite: cumplimentado el requisito de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución del artículo 224.2 de la LOREG, se expide credencial de Diputado al Parlamento Europeo a un candidato de la lista de Podemos en las elecciones de 25 de mayo de 2014, en sustitución de otro que renunció.

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