Acuerdo 55/2008, de 7 de febrero de 2008

AcuerdoCaso concreto

Órgano ante el que se presentan las candidaturas y recursos en la materia

Resumen

Las candidaturas deben presentarse ante las Juntas Electorales Provinciales correspondientes, y los recursos en materia de candidaturas son los previstos en el artículo 49 de la LOREG, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo y en los plazos de dicho precepto; así se responde a quienes remiten a la JEC la documentación de unas candidaturas cuya presentación les fue denegada por la Junta Electoral Provincial de Cuenca.

Epígrafe
§ 8.1 Presentación: plazo, lugar, legitimación y documentación
Sesión
2008-02-07
Expediente
283/489

También afecta a: § 8.6

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →