Acuerdo 552/1999, de 23 de junio de 1999

AcuerdoCaso concreto

Nulidad de la elección por supuestas coacciones a dos electores

Resumen

Desestima el recurso que pedía restar dos votos a una coalición o, en su defecto, anular la elección en Mediona por supuestas coacciones a dos electores: frente a la declaración de estos, las personas señaladas como autoras niegan los hechos, lo que, en el estrecho y sumario marco del recurso del artículo 108.3 de la LOREG, impide tener la constancia efectiva e indubitada de los hechos que es imprescindible para una decisión de tanta gravedad como la nulidad de una elección.

Epígrafe
§ 17.4 Reclamaciones, protestas y recurso ante la Junta Electoral Central
Sesión
1999-06-23
Expediente
333/139

También afecta a: § 4.3

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