Denuncia de empadronamientos fraudulentos y solicitud de anulación de elecciones locales
Traslada a la Oficina del Censo Electoral la denuncia sobre empadronamientos fraudulentos en Montejo de la Sierra y comunica al denunciante que la impugnación de las elecciones locales ante la JEC ha de hacerse en los plazos y en la forma establecidos en el artículo 108.3 de la LOREG.
También afecta a: § 17.4