Acuerdo 568/2015, de 9 de diciembre de 2015

AcuerdoCriterio general

Presencia de candidatos en un programa de entretenimiento de la televisión pública

Resumen

Desestima la reclamación de Unión Progreso y Democracia para que Televisión Española invite a su candidato al programa «En la tuya o en la mía»: se trata de un programa de entretenimiento que, aun cuando pueda tener incidencia electoral, no puede estar sujeto a las mismas limitaciones que la información electoral, los debates y las entrevistas electorales. Además, intervienen en él los candidatos de las formaciones más votadas en las últimas elecciones al Congreso, que son Presidente del Gobierno y Jefe de la oposición, por lo que no es contrario al principio de proporcionalidad del artículo 66 de la LOREG que reciban un tratamiento distinto del de la reclamante, que solo obtuvo cinco diputados, sin perjuicio de que esta haya tenido cobertura informativa en RTVE respetuosa con dicho principio.

Epígrafe
§ 11.10 Programas no informativos y presencia de candidatos en los medios
Sesión
2015-12-09
Expediente
293/661

También afecta a: § 11.4

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