Acuerdo 58/2002, de 19 de junio de 2002

AcuerdoCriterio general

Incompatibilidad de concejal con el puesto de director de sucursal de Caja de Ahorros

Resumen

La causa de incompatibilidad del artículo 178.2 c) de la LOREG concurre en los Directores Generales o asimilados de las Cajas de Ahorro, pero no en los directores de una concreta oficina o sucursal de una Caja, según criterio reiterado.

Epígrafe
§ 5.6 Incompatibilidad de concejales: otros cargos, empleos y situaciones
Sesión
2002-06-19
Expediente
251/227

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