Acuerdo 59/2001, de 8 de mayo de 2001

AcuerdoCaso concreto

Publicación por un diario de un sondeo del Centro de Investigaciones Sociológicas antes de la votación

Resumen

Conforme al artículo 69.7 de la LOREG, queda prohibida la publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación durante los cinco días anteriores al de la votación, lo que se responde a la consulta de un diario sobre la posibilidad de informar del último sondeo del Centro de Investigaciones Sociológicas previo a las elecciones al Parlamento Vasco.

Epígrafe
§ 12.2 Prohibición de publicar encuestas en los cinco días anteriores a la votación
Sesión
2001-05-08
Expediente
300/85

También afecta a: § 12.3

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