Acuerdo 598/1995, de 28 de abril de 1995

AcuerdoCaso concreto

Incompatibilidad de concejales que litigan en defensa de un acuerdo municipal sobre retribuciones

Resumen

La LOREG no establece como causa de incompatibilidad para ser concejal la de ser parte recurrente en un posible recurso de casación contra la sentencia que anuló el acuerdo municipal sobre retribuciones de los cargos municipales, sin perjuicio de que la competencia para declarar una posible incompatibilidad corresponde a la Corporación local.

Epígrafe
§ 5.6 Incompatibilidad de concejales: otros cargos, empleos y situaciones
Sesión
1995-04-28
Expediente
251/59

También afecta a: § 5.9

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