Órgano ante el que solicitar el acceso a las actas de sesión de las mesas electorales
La JEC tiene reconocido, conforme a la Ley 19/2013, el derecho de acceso a las actas de sesión de las mesas electorales, que facilitarán las secretarías de las juntas competentes siempre que no suponga coste para la Administración y se respete la legislación de protección de datos personales. Con cita del artículo 18 de dicha Ley, comunica al solicitante de las actas de la circunscripción de Araba/Álava que debe dirigirse al secretario de la Junta Electoral Provincial, a quien el artículo 12.2 de la LOREG atribuye la custodia de la documentación.
También afecta a: § 17.8