Acuerdo 609/1999, de 15 de julio de 1999

AcuerdoCriterio general

Constitución previa de todos los Ayuntamientos para constituir la Diputación Provincial

Resumen

Debe darse cumplimiento al sentido literal del artículo 205 de la LOREG, que exige que estén constituidos todos los Ayuntamientos de la provincia para que pueda iniciarse el proceso tendente a la constitución de la Diputación Provincial.

Epígrafe
§ 24.3 Constitución de la Diputación, Presidente y moción de censura
Sesión
1999-07-15
Expediente
351/691

También afecta a: § 24.1

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