Recogida por el Presidente de Mesa del voto de electores que no pueden acceder al local
Es ajustada a Derecho la actuación del Presidente de Mesa que se acerca a recoger el voto de quien, por imposibilidad física, no puede acceder al interior del local electoral, siempre que el elector entregue por su propia mano el sobre o sobres de votación cerrados y el Presidente, sin ocultarlos en ningún momento a la vista del público, los deposite en la urna diciendo en voz alta «vota».
También afecta a: § 16.3