Acuerdo 619/1999, de 15 de julio de 1999

AcuerdoCriterio general

Recogida por el Presidente de Mesa del voto de electores que no pueden acceder al local

Resumen

Es ajustada a Derecho la actuación del Presidente de Mesa que se acerca a recoger el voto de quien, por imposibilidad física, no puede acceder al interior del local electoral, siempre que el elector entregue por su propia mano el sobre o sobres de votación cerrados y el Presidente, sin ocultarlos en ningún momento a la vista del público, los deposite en la urna diciendo en voz alta «vota».

Epígrafe
§ 4.2 Electores con discapacidad: capacidad, apoyos y voto accesible
Sesión
1999-07-15
Expediente
330/45

También afecta a: § 16.3

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