Acuerdo 621/1995, de 28 de abril de 1995

AcuerdoCaso concreto

Campaña publicitaria de un Ayuntamiento en período electoral

Resumen

Desestima el recurso del Ayuntamiento de Granollers y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona: la campaña publicitaria municipal excede de los límites de las campañas que los poderes públicos pueden realizar en período electoral, conforme al acuerdo de la JEC de 24/02/1995, notificado el 15/03/1995, al que ha de estarse en esta materia y no al que citaba la Junta Provincial en su informe.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
1995-04-28
Expediente
290/218

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