Acuerdo 634/1995, de 28 de abril de 1995

AcuerdoCaso concreto

Campaña publicitaria de un Ayuntamiento en período electoral

Resumen

Estima el recurso del Partido Socialista Obrero Español contra el acuerdo de la Junta Electoral de Melilla: la campaña publicitaria realizada por el Ayuntamiento de Melilla no puede entenderse incluida en las excepciones a la prohibición de realización de campañas por los poderes públicos en período electoral, conforme al acuerdo de la JEC de 14/02/1995, notificado el 15/03/1995, por lo que el Ayuntamiento debe suspenderla inmediatamente.

Epígrafe
§ 10.2 Campañas de logros y publicidad institucional
Sesión
1995-04-28
Expediente
290/215

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