Reducción proporcional de los espacios gratuitos por escasez de tiempo de emisión territorial
Desestima el recurso de Recortes Cero-Grupo Verde y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Murcia: la recurrente confunde la cobertura informativa, sujeta al artículo 66 de la LOREG, con la distribución de espacios gratuitos, regida por el baremo del artículo 64, que es el aplicable; la escasez de tiempo de emisión del centro territorial de RTVE ha obligado a reducir el tiempo global y, proporcionalmente, el asignado a cada formación conforme a dicho baremo, sin que haya discriminación, como ya ocurrió en las elecciones generales de junio de 2016 y abril de 2019 y conforme al criterio de los Acuerdos de 13 de mayo de 2015 y 16 de mayo de 2019.
También afecta a: § 11.2