Pronunciamiento previo de la JEC sobre actividades programadas por los poderes públicos
No corresponde a la JEC pronunciarse con carácter previo respecto de las actividades de campaña programadas por los poderes públicos, lo que se responde a la consulta de la Generalitat de Catalunya sobre la viabilidad jurídica de una exposición cuya inauguración estaba prevista en período electoral.
También afecta a: § 10.3