Acuerdo 686/1995, de 17 de mayo de 1995

AcuerdoCriterio general

Recusación de un funcionario de Correos pariente de candidatos a las elecciones municipales

Resumen

La recusación de un funcionario de Correos formulada por una formación política por su parentesco con candidatos a las elecciones municipales de la localidad en que presta servicio ha de resolverla su superior jerárquico con arreglo al artículo 29 de la Ley 30/1992, de aplicación supletoria en materia de procedimiento electoral conforme al artículo 120 de la LOREG.

Epígrafe
§ 14.4 Voto por correo: irregularidades y garantías
Sesión
1995-05-17
Expediente
251/65

También afecta a: § 20.3

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