Acuerdo 69/2015, de 9 de marzo de 2015

AcuerdoCriterio general

Grupo político significativo por los resultados de las elecciones europeas previas

Resumen

Desestima el recurso de la Corporación RTVE y confirma el acuerdo de la Junta Electoral de Andalucía que consideró grupos políticos significativos a UPyD y Podemos en las elecciones al Parlamento de Andalucía: concurren datos objetivos basados en los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo de 25 de mayo de 2014 (7,13% y 7,11% de los votos en las ocho provincias andaluzas), por lo que es razonable que tengan una cobertura en los medios públicos mayor que la de formaciones que se presentan por primera vez o no han acreditado esa representatividad, sin que, conforme a la Instrucción 4/2011, pueda ser igual o superior a la de las fuerzas que obtuvieron representación en las últimas elecciones equivalentes. Con carácter previo declara que los medios públicos de comunicación, como directamente interesados, pueden interponer el recurso del artículo 21 de la LOREG, y entra en el fondo aunque el recurso lo plantea el Secretario del Consejo de Administración y no su Presidente.

Epígrafe
§ 11.7 Grupos políticos significativos
Sesión
2015-03-09
Expediente
293/438

También afecta a: § 11.3 · § 20.1

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