Acuerdo 70/2020, de 11 de marzo de 2020

AcuerdoCaso concreto

Ampliación del plazo de solicitud del voto de los electores inscritos en el CERA

Resumen

Deniega la ampliación del plazo de solicitud del voto de los electores residentes en el extranjero pedida por el Partido Popular y el Bloque Nacionalista Galego para las elecciones al Parlamento de Galicia: los plazos de la LOREG son improrrogables (artículo 119) y la JEC solo ha accedido a ello ante problemas técnicos u otras circunstancias especiales, como en el Acuerdo de 4 de abril de 2019, que aquí no concurren según el informe de la Oficina del Censo Electoral; además, el plazo ya había concluido, por lo que se pedía abrir uno nuevo. Tampoco cabe solicitar el voto por correo electrónico, medio no previsto en la normativa y que no cumple las exigencias legales de seguridad, protección de datos y acreditación de la personalidad del solicitante.

Epígrafe
§ 14.5 Voto de los residentes en el extranjero (CERA): procedimiento
Sesión
2020-03-11
Expediente
321/505

También afecta a: § 20.3

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