Orden de emisión de la información electoral entre dos formaciones con igual tratamiento
Desestima la reclamación de Esquerra Republicana de Catalunya, que pedía preceder a Iniciativa per Catalunya Verds en la información de la Corporación Catalana de Radio y Televisión hasta compensar las veces anteriores: acordado por la JEC que debía darse el mismo tratamiento a ambas entidades, no es contrario a ese acuerdo el criterio de la Junta Electoral Provincial de Barcelona de alternar, desde su adopción, el orden de emisión de la información relativa a cada una.
También afecta a: § 11.3