Sustitución de vocal de junta vecinal en Cantabria tras su renuncia
Corresponde al representante de la formación política a la que pertenecía el vocal cuya renuncia ha producido la vacante nombrar a su sustituto, de conformidad con los artículos 11 y 16 de la Ley 6/1994, de 19 de mayo, reguladora de las Entidades Locales Menores de Cantabria.