Acuerdo 810/2003, de 7 de mayo de 2003

AcuerdoCriterio general

Indicación en la papeleta de una coalición del partido de cada candidato

Resumen

El partido al que pertenece cada candidato o su condición de independiente debe figurar junto al nombre del candidato; la homologación de la papeleta presentada por la coalición corresponde a la Junta Electoral de Zona.

Epígrafe
§ 13.2 Contenido de las papeletas
Sesión
2003-05-07
Expediente
310/186

También afecta a: § 13.1

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