Inclusión del IVA en los límites de los gastos electorales
En cuanto al devengo o no del Impuesto sobre el Valor Añadido debe estarse a lo que establezca la Ley reguladora de dicho impuesto, sin que la legislación electoral modifique lo establecido en ella; así se responde a la consulta sobre si los límites de gastos electorales incluyen el IVA generado por entregas de bienes o prestaciones de servicios.