Validez de los avales de 2015 para las elecciones generales de 2016
Conforme al artículo 169.3 de la LOREG, los partidos, federaciones o coaliciones que no obtuvieron representación parlamentaria deben recoger avales para presentarse a unas nuevas elecciones, aunque las anteriores se hayan celebrado recientemente, lo que se responde a la consulta sobre la validez de los avales presentados para las elecciones de 20 de diciembre de 2015.