Identidad de la coalición en varias circunscripciones y cómputo conjunto de sus votos
La coalición debe ser la misma en todas las circunscripciones en que se presente, con los mismos partidos integrantes e idénticos elementos identificadores (denominación, siglas, símbolo), aunque es admisible que, manteniendo la referencia a una denominación común, aparezcan además otras denominaciones. Las coaliciones constituidas para concurrir a unas elecciones no pierden su naturaleza por especificar denominaciones singulares en cada circunscripción, por lo que sus votos se computan conjuntamente siempre que tengan la misma composición; es criterio reiterado.
También afecta a: § 24.4