Acuerdo 91/2011, de 7 de abril de 2011

AcuerdoCriterio general

Secretario de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña como miembro electo de una Corporación Local

Resumen

Con carácter general, quien ejerce el cargo de Secretario de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña no incurre en causa de inelegibilidad en las elecciones municipales, ni ese cargo es incompatible con la condición de miembro electo de una Corporación Local siempre que esta no comporte dedicación exclusiva o dedicación fija a tiempo parcial, pues ni la LOREG ni la Ley catalana 13/2005, de 27 de diciembre, aplicable conforme al artículo 31 de la Ley 18/2010, de 7 de junio, lo prohíben. La valoración de los requisitos de las candidaturas corresponde a las Juntas Electorales de Zona.

Epígrafe
§ 5.6 Incompatibilidad de concejales: otros cargos, empleos y situaciones
Sesión
2011-04-07
Expediente
251/438

También afecta a: § 5.1

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