Acuerdo 91/2014, de 28 de abril de 2014

AcuerdoCaso concreto

Franja horaria de los espacios gratuitos de los grupos extraparlamentarios en RTVE

Resumen

La franja horaria para la emisión de los espacios gratuitos de los grupos extraparlamentarios debe establecerse entre las 8 y las 24 horas, conforme al acuerdo de la JEC de 23 de octubre de 2006; así se comunica a RTVE al tomar conocimiento de las bandas horarias propuestas, que se trasladan a la Comisión de Radiotelevisión.

Epígrafe
§ 11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión
Sesión
2014-04-28
Expediente
293/356

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →