Acuerdo 94/2021, de 4 de febrero de 2021

AcuerdoCaso concreto

Criterio de proporcionalidad y grupos políticos significativos en el plan de cobertura de la CCMA

Resumen

Desestima el recurso de Ciutadans-Partido de la Ciudadanía y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona: el Plan de Cobertura Informativa de la CCMA se ajusta al artículo 66 de la LOREG y a la Instrucción 4/2011, pues prevé un seguimiento diario de los tiempos, toma como referencia los resultados de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2017 y dispone que la cobertura de los grupos políticos significativos no podrá ser igual o superior a la de las candidaturas con representación; ello sin perjuicio de las reclamaciones y recursos del apartado sexto de la Instrucción si la recurrente entiende que los medios incumplen el Plan.

Epígrafe
§ 11.3 Planes de cobertura informativa de los medios públicos
Sesión
2021-02-04
Expediente
293/1214

También afecta a: § 11.7

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →