Ley de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana
Ley 15/2018 · Disposición final primera

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 8 de julio de 2018

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Se faculta al Consell para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.

Se establece un plazo máximo de dieciocho meses desde la publicación de la presente ley en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana para aprobar su desarrollo reglamentario.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana, Disposición final primera. Desarrollo reglamentario. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2018-8950). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-15-2018-turismo-comunitat-valenciana/texto/df/.