Ley de actividades de las Illes Balears
Ley 7/2013 · Artículo 62

Artículo 62. Actividades no permanentes en establecimientos físicos donde se desarrollan actividades sin título habilitante.

Versión 2 de 2 · Texto vigente · publicada el 16 de febrero de 2019 · en vigor desde el 16 de abril de 2019

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Artículo 62. Actividades no permanentes en establecimientos físicos donde se desarrollan actividades clandestinas.
Artículo 62. Actividades no permanentes en establecimientos físicos donde se desarrollan actividades clandestinassin título habilitante.
En los establecimientos donde se realice una actividad clandestina no podrá otorgarse la autorización de ninguna actividad no permanente, sin perjuicio de lo dispuesto en el título IX de esta ley.
En los establecimientos donde se realicelleve a cabo una actividad clandestinaque no podrádisponga del título habilitante que la normativa le exige, no puede otorgarse la autorización de ninguna actividad no permanente, sin perjuicio de lo dispuesto en el título IX de esta ley.

Artículo 62. Actividades no permanentes en establecimientos físicos donde se desarrollan actividades sin título habilitante.

En los establecimientos donde se lleve a cabo una actividad que no disponga del título habilitante que la normativa le exige, no puede otorgarse la autorización de ninguna actividad no permanente, sin perjuicio de lo dispuesto en el título IX de esta ley.

Notas del BOE

Se modifica por el art. 18 de la Ley 6/2019, de 8 de febrero. Ref. BOE-A-2019-3914

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de actividades de las Illes Balears, Artículo 62. Actividades no permanentes en establecimientos físicos donde se desarrollan actividades sin título habilitante. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2014-655). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-7-2013-actividades-illes-balears/texto/a6-4/.