Ley de Contratos del Sector Público
Ley 9/2017 · Disposición adicional vigésima primera

Disposición adicional vigésima primera. Contratos de suministro con empresas extranjeras.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 9 de marzo de 2018

Disposición adicional vigésima primera. Contratos de suministro con empresas extranjeras.

Los contratos de suministro que se celebren con empresas extranjeras, cuando su objeto se fabrique o proceda de fuera del territorio nacional, así como los contratos de suministros que, con estas empresas, celebre el Ministerio de Defensa y que deban ser ejecutados fuera del territorio nacional, se regirán por la presente Ley, sin perjuicio de lo que se convenga entre las partes de acuerdo con las normas y usos vigentes en el comercio internacional.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de Contratos del Sector Público, Disposición adicional vigésima primera. Contratos de suministro con empresas extranjeras. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2017-12902). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-9-2017-contratos-del-sector-publico/texto/da-21/.