Ley de Enjuiciamiento Civil
Ley 1/2000 · Disposición adicional primera

Disposición adicional primera. Carácter ordinario y Título competencial.

Versión 2 de 2 · Texto vigente · publicada el 23 de julio de 2015 · en vigor desde el 12 de agosto de 2015

Anterior · versión 1 · en vigor desde 08.01.2001Nueva · versión 2 · en vigor desde 12.08.2015
Disposición adicional primera. Título competencial.
Disposición adicional primera. Carácter ordinario y Título competencial.
La presente Ley se dicta al amparo de la competencia que corresponde al Estado conforme al artículo 149.1.6.a de la Constitución, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.
1. La presente ley es ordinaria a excepción de los artículos 763, 778 bis y 778 ter que tienen carácter orgánico y se dictan al amparo del artículo 81 de la Constitución.
2. La presente Ley se dicta al amparo de la competencia que corresponde al Estado conforme al artículo 149.1.6.a de la Constitución, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.

Disposición adicional primera. Carácter ordinario y Título competencial.

1. La presente ley es ordinaria a excepción de los artículos 763, 778 bis y 778 ter que tienen carácter orgánico y se dictan al amparo del artículo 81 de la Constitución.

2. La presente Ley se dicta al amparo de la competencia que corresponde al Estado conforme al artículo 149.1.6.a de la Constitución, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.

Notas del BOE

Se modifica por el art. 2.3 de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2015-8222#asegundo.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de Enjuiciamiento Civil, Disposición adicional primera. Carácter ordinario y Título competencial. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2000-323). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-de-enjuiciamiento-civil/texto/daprimera/.