Artículo 167. Finalización normal del programa de actuación integrada.
Artículo 167. Finalización normal del programa de actuación integrada.
El programa de actuación integrada concluye con la recepción o puesta en servicio de las obras de urbanización.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Artículo 167. Finalización normal del programa de actuación integrada. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/a1-79/.
