Incompatibilidad entre Secretario de Junta Electoral de Zona y concejal
No cabe desempeñar a la vez el cargo de Secretario de una Junta Electoral y el de concejal de un Ayuntamiento, pues los Secretarios de las Juntas Electorales son inelegibles y, por tanto, también incompatibles; se responde así a la consulta sobre un oficial habilitado que desempeña la Secretaría vacante de un Juzgado y es concejal.
También afecta a: § 5.1