Acuerdo 109/2019, de 27 de marzo de 2019

AcuerdoCriterio general

Verificación de la voluntad del elector con discapacidad que vota asistido por persona de confianza

Resumen

Para verificar la voluntad del elector que presente algún tipo de discapacidad no han de efectuarse comprobaciones adicionales o distintas de las que se hacen con cualquier otro elector a lo largo de la jornada electoral; se reitera además la Instrucción 7/2019, de 18 de marzo, que da nueva redacción a la Instrucción 5/2019, de 11 de marzo, sobre aplicación de la modificación de la LOREG llevada a cabo por la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad.

Epígrafe
§ 4.2 Electores con discapacidad: capacidad, apoyos y voto accesible
Sesión
2019-03-27
Expediente
250/130

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