Actos de propaganda anteriores a la convocatoria de un referéndum
Los actos de propaganda celebrados antes de la aprobación del Real Decreto de convocatoria de un referéndum no están sujetos a los límites que en materia de campaña establece la legislación electoral; en materias ajenas a su competencia, no corresponde a la JEC indicar la jurisdicción que pueda resultar competente respecto de una hipotética vulneración de la Ley General de Publicidad. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Otra Democracia Es Posible (STS 2781/2008, de 30 de mayo).
También afecta a: § 10.1