Acuerdo 11/2025, de 30 de enero de 2025

AcuerdoCriterio general

Extinción de un concejo y nombramiento de los miembros de su comisión gestora

Resumen

No corresponde a la JEC examinar el acuerdo del órgano competente sobre la extinción o no de una entidad local menor, por ser cuestión de régimen local ajena a sus competencias. El nombramiento de los miembros de la comisión gestora de un Ayuntamiento o entidad local menor corresponde a la Diputación Provincial o, en su caso, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, por lo que no procede que la Administración electoral les expida credenciales.

Epígrafe
§ 24.8 Comisiones y vocales gestores en entidades locales menores
Sesión
2025-01-30
Expediente
359/365

También afecta a: § 24.9 · § 27.2

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