Alcance del control de la JEC sobre el plan de cobertura informativa de RTVE
Estima parcialmente el recurso de Unión, Progreso y Democracia sobre el Plan de Cobertura Informativa de RTVE. Conforme al artículo 66 de la LOREG, la Administración electoral no dirige la cobertura ni aprueba los planes de los medios públicos: solo decide si las actuaciones impugnadas vulneran el pluralismo político y social, la igualdad, la proporcionalidad y la neutralidad informativa. Corresponde al medio decidir si realiza debates y entrevistas, el tiempo global que les dedica, el formato de los debates y el establecimiento de bloques electorales en los informativos territoriales (Instrucción 4/2011). Acepta la rectificación propuesta por RTVE, que incrementa el tiempo de entrevista de UPyD, Coalición por Europa y L'Esquerra pel Dret a Decidir por ajustarse mejor a la proporcionalidad según los votos de las últimas elecciones equivalentes, pero mantiene el previsto para La Izquierda Plural, al no caber una «reformatio in peius». Requiere a RTVE para que remita el Plan de Cobertura de RNE y de su web.