Acuerdo 110/2018, de 5 de noviembre de 2018

AcuerdoCaso concreto

Plazo extraordinario de depósito del voto CERA en consulados en las elecciones andaluzas de 2018

Resumen

Aprecia circunstancias excepcionales y, para facilitar al máximo el sufragio de los residentes en el exterior, acuerda que, concluido el depósito del voto en urna el 30 de noviembre de 2018 y remitidos los sobres conforme al artículo 75 de la LOREG y a la Circular de 10 de noviembre de 2011, los Consulados y Oficinas consulares habilitadas abran de nuevo el sábado 1 y el domingo 2 de diciembre, hasta las 20 horas de este último, para recibir los votos por correo y los que presenten los electores, repitiendo después los trámites de remisión por el procedimiento más rápido posible; los sobres deben estar a disposición de Correos antes de las 13 horas del martes 4 para su entrega a las Juntas Electorales Provinciales antes de las 8 horas del miércoles 5; estas considerarán válidos los votos por correo dirigidos a las oficinas consulares cuyo envío conste no más tarde del sábado 1 de diciembre.

Epígrafe
§ 14.5 Voto de los residentes en el extranjero (CERA): procedimiento
Sesión
2018-11-05
Expediente
321/462

También afecta a: § 14.6

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