Acuerdo 111/1996, de 7 de febrero de 1996

AcuerdoCaso concreto

Denominación utilizable por el Partido Regionalista del País Leonés en sus candidaturas

Resumen

Según consta en el Registro de Partidos Políticos, el PREPAL puede utilizar en cualquiera de las circunscripciones en que se presenta la denominación «Salamanca, Zamora, León» junto a la propia identificación de la entidad política.

Epígrafe
§ 7.4 Denominaciones, siglas y símbolos
Sesión
1996-02-07
Expediente
283/175

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