Extemporaneidad del recurso contra la denegación de la designación de representante
Inadmite a trámite por extemporáneo el recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco que denegó la designación de representante ante ella: se interpuso cuatro días después de la adopción del acuerdo impugnado, fuera del plazo de 24 horas del artículo 21.2 de la LOREG.
También afecta a: § 7.5