Acuerdo 111/2005, de 10 de marzo de 2005

AcuerdoCaso concreto

Extemporaneidad del recurso contra la denegación de la designación de representante

Resumen

Inadmite a trámite por extemporáneo el recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco que denegó la designación de representante ante ella: se interpuso cuatro días después de la adopción del acuerdo impugnado, fuera del plazo de 24 horas del artículo 21.2 de la LOREG.

Epígrafe
§ 20.1 Recursos ante la JEC contra acuerdos de otras Juntas: admisibilidad
Sesión
2005-03-10
Expediente
283/459

También afecta a: § 7.5

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