Competencia para distribuir espacios gratuitos en medios públicos de ámbito provincial
Corresponde a las Juntas Electorales de las provincias en que no se dé la simultaneidad de procesos electorales local y autonómico acordar la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios públicos de comunicación de ámbito provincial, conforme a la norma tercera de la Instrucción de 29 de abril de 1991.
También afecta a: § 1.8