Acuerdo 112/2006, de 16 de junio de 2006

AcuerdoCriterio general

Designación de los jueces que reciben la documentación de las Mesas

Resumen

Desestima el recurso del Juez Decano de Girona y confirma el acuerdo de la Junta Electoral Provincial: corresponde a esta designar, de entre los jueces de Primera Instancia, Instrucción, de lo Penal o de Paz, a los que han de encargarse de la misión del artículo 101 de la LOREG, en la forma que estime más conveniente para el mejor servicio de la Administración de Justicia y de la Administración electoral.

Epígrafe
§ 26.1 Referéndum: administración electoral, procedimiento, votación y escrutinio
Sesión
2006-06-16
Expediente
130/92

También afecta a: § 17.1

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